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Primeras Elecciones directas en España: Julio 1836

IsturizSuspensión de las Elecciones y protesta.

Votaciones posteriores no escrutadas.
Según Fermín Caballero las votaciones de estas elecciones no se realizaron en dos provincias: Tarragona y Logroño. En cuanto a la nuestra, la información no es totalmente correcta, como veremos. El Gobernador Civil, Serafín Estébanez Calderón, envió un oficio al Secretario de Estado y del Despacho de la Gobernación del Reino el día 13 de julio comunicando "la suspensión de las elecciones a Diputados a Cortes, que debían verificarse en los días 13, 14 y 15 últimos". Sus razones o motivos para hacerlo: "haber invadido los facciosos (la) provincia y abandonando en consecuencia sus domicilios muchos electores, hallándose otros ocupados en la persecución de aquellos". Esta misma decisión fue comunicada a la Diputación Provincial, aunque se hiciera diez días más tarde, según consta en el Acta de esta Sesión. En el oficio del Gobernador, leído literalmente en la Sesión, se recogen los motivos de la suspensión de las elecciones que coinciden con los indicados en la Comunicación al Secretario de Estado. La suspensión fue efectiva en todos los Distritos Electorales de la provincia excepto en el de Logroño-capital donde se realizó la votación al desentenderse "del cumplimiento de esta medida". Por ello el día 23 de julio, fecha del Escrutinio General de la provincia, se personó en la Diputación del Comisionado del Distrito Electoral de la capital para presentar el Acta de las Elecciones y el de su nombramiento como Comisionado. La Diputación reunida le leyó el Oficio de suspensión de las Elecciones por el Gobernador Civil y el Acuerdo adaptado por élla en los minutos anteriores, según el cual esperaban la decisión del Gobierno de S.M. sobre la repetición de las Elecciones. El Comisionado logroñés protestó por todo esto reclamando el incumplimiento del Real Decreto Electoral del 24 de mayo y solicitando un "testimonio" de su protesta. La Diputación le dio el Acta de esta Sesión.

No conocemos ninguna documentación propagandística realizada por el progresismo riojano. Su voz, posiblemente, había sido silenciada a la fuerza. Esto mismo sucedió en relación al hecho de la protesta antes mencionada, pues hasta el mismo día de los sucesos de La Granja y con un nuevo Gobernador interino, no se hizo pública en la prensa de la provincia. La protesta había sido formulada por un exProcurador de las Cortes de febrero de este año 1836, de tendencia mendizabalista, es decir, opuesto en estos días al Ministerio Istúriz. Este elector por Logroño-capital es Francisco Javier Santa Cruz, uno de los más señalados contribuyentes de La Rioja. Es toda una muestra de la presión gubernamental sobre las elecciones de esta fecha, y una explicación de porqué es levantan la ciudades.

La respuesta de Madrid al Oficio del Gobernador Civil sobre la suspensión de las Elecciones llegó tardíamente a nuestra provincia: el día 7 de agosto. Había sido firmada, sin embargo, la Real Orden que autorizaba la decisión de D. Serafín el día 18 de julio, pero los correos habían sido interceptados, según se publicó en la Gaceta de Madrid, el último día del mes de julio. Sin embargo, la propia Diputación y el mismo Gobernador Estébanez Calderón habían decidido por su cuenta realizar las elecciones suspendidas. Y para ello elaboraron el 4 de agosto el siguiente Calendario Electoral: el día 11 de agosto sería el tercer día electoral; el 12 se realizaría el escrutinio en los diferentes Distritos que no habían hecho elecciones; y el día 18 se verificaría el Escrutinio General de la Provincia en la capital. En consecuencia, se efectuaron las elecciones en los Distritos en los días mencionados, pero la proclamación de la Constitución de Cádiz, anuló el último paso, es decir, el Escrutinio General de la Elección. La Diputación reunida el día 18 consultó a la "Junta de Gobierno creada" en la capital después de estos sucesos de La Granja y se le respondió que se suspendía "el Escrutinio recogiendo las Actas originales que han sido remitidas por algunos Distritos", y esta "operación" no se efectuaría "hasta tanto que se señale el día para realizarla".

Que sepa, no se llegó a hacer nunca. Las primeras Elecciones directas de la Historia de España no pudieron cumplir, por tanto, todos sus pasos en nuestra provincia, pero nos legaron un material documental muy importante para el estudio de la misma.
La provincia de Logroño cuenta con 936 personas con cualidades para ser electores, repartidas entre 612 que lo son por contribuyentes y 324 por capacidades de todo tipo, es decir, un 65,5 % son electores del primer grupo y un 34,5 % del segundo. Acercándonos más a los datos nos encontramos que el número de electores contribuyentes es superior al de capacidades en todos los Distritos excepto en tres: Alfaro, Ausejo y Santo Domingo de la Calzada.

Logroño, Haro y Arnedo, por este orden, tienen la primacía del número de electores de la provincia al proporcionar entre los tres un 42,2 % del total. Los menos significados en posibles participantes son San Vicente de la Sonsierra, justificada su segregación del Distrito de Haro por motivos bélicos; Ausejo, más difícil encontrar un motivo explicativo para su formación como Distrito; Alfaro y el Distrito serrano de los Cameros con capitalidad en Torrecilla. La proporcionalidad de electores asignados a los seis restantes Distritos parece más ajustada y equilibrada.

La importancia numérica de electores contribuyentes de Haro y Logroño se pone de manifiesto al representar entre ambos un tercio del total de los de este tipo. Descubrimos la señalada significación del Distrito de Nájera sobre el que nos faltaba documentación en todas la elecciones anteriores. También la escasa importancia numérica de electores del Distrito de Alfaro, sobre el que nos pasaba lo mismo. Es reseñable el corto número de electores contribuyentes del Distrito de Torrecilla y de Santo Domingo. En el listado de las capacidades no sorprende que ocupe el primer lugar Logroño como capital administrativa que es de la provincia, pero sí llama la atención Santo Domingo al situarse en tercer lugar. Asimismo es extraña la ausencia total de electores por capacidad en el Distrito de San Vicente de la Sonsierra, justificado posiblemente por el miedo a la guerra. En los demás casos los puestos ocupados por los Distritos en los listados no ofrecen ningún tipo de particularidad.

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