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Creación del Instituto de la provincia de Logroño
IMÁGENES ANTIGUAS INSTITUTO

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Pedro Narro Blanco
"Lechuga" - 1942. Pelotaris profesinales de la posguerra
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"Lechuga" - 1942. Pelotaris profesinales de la posguerra
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Decreto de creación


"Excmo. Sr.: S. A. el Regente del reino, conformándose con lo propuesto por esa dirección acerca de la organización definitiva del Instituto de segunda enseñanza de Logroño, y en vista de los medios con que cuenta aquella provincia por consecuencia de los arbitrios aprobados al efecto por el Gobierno en orden de 16 de junio último, en virtud de la autorización que la ley de 28 de julio de 1840 le concede, se ha servido disponer lo que sigue:

1° Se crea un Instituto de segunda enseñanza en la ciudad de Logroño
2° Este establecimiento constará por ahora de las cátedras siguientes:
♦ Dos de gramática castellana y latina y elementos de literatura, principalmente española; dos profesores, uno con 5.000 rs. anuales y otro con 4.500; la diferencia de sueldo se adjudicará al que enseñe elementos de literatura
♦ Dos de elementos de matemáticas y dibujo lineal; dos profesores con 6.000 rs. anuales el uno y 5.000 el otro; la diferencia de sueldo se adjudiracá al que enseñe dibujo lineal.
♦ Una de física y elementos de química; un profesor con 6.000 rs.
♦ Una de nociones elementales de historia natural en sus aplicaciones más usuales; un profesor con 6.000 rs.
♦ Una de elementos de geografía e historia, principalmente española; un profesor con 5.000 rs. anuales.
♦ Una de ideología, moral y religión; un profesor con 6.000 rs. anuales.
Si los ingresos del Instituto lo permitiesen, se creará oportunamente una escuela industrial acomodada a las necesidades de la provincia.

3° Uno de los catedráticos del establecimiento será director del mismo, con habitación en el edificio y 2.000 rs. de sobresueldo por razón de aquel cargo.
Otro catedrático, a jucio de la junta inspectora de que luego se hablará, deesempeñará las funciones de secretario del instituto con las subvenciones anejas a este empleo. Para el cuidado y conservación del edificio y enseres del Instituto habrá un conserje o bedel y un portero, aquel con 2.200 rs. y este con 2.000 de sueldo anuales.

6° Se formará inmediatamente una junta de instalación del instituto presidida por el Jefe Político, y compuesta de un individuo de la diputación provincial, otro del ayuntamiento y dos sujetos más de conocida instrucción y arraigo, elegidos por el Jefe Político.
7° Nombrados los catedráticos e instalado el Instituto, la junta no tendrá más carácter que el de inspectora del establecimiento, pudiendo en tal concepto dar parte a la Dirección general de estudios de cualquiera desorden o abuso que advirtiere: deberá esta junta examinar las cuentas que por semestres rendirá el secretario con el visto bueno del director, y satisfechos los reparos, los remitirá a fin de año a la dirección general para su aprobación.
8° La junta inspectora e unión con el director del Instituto formará el reglamento provisional y le remitirá a la dirección general de Estudios para su aprobación.
9° Los fondos destinados al sostenimiento de este Instituto serán los siguientes:
♦ Primero: El impusto de 10 por 100 sobre cada carga de pescado fresco que se introduzca en la provincia de Logroño
♦ Segundo: Las rentas de todas las memorias, fundaciones y obras pías existentes en la misma provincia con destino a la instrucción pública, después de cubiertas las atenciones locales de la enseñanza primaria.
♦ Tercero: El producto íntegro de los derechos de matrícula y prueba de curso que habrán de satisfacer los alumnos.

10° Si resultase algún déficit en los expresados fondos, se cubrirá con los propios de la diputación provincial, según tiene ofrecido aquel cuerpo.
Si por el contrario resultase algún sobrante, se destinará con preferencia a la adquisición de máquinas, aparatos, instrumentos y demás medios indispensables de enseñanza.
11° La dirección general de estudios convocará inmediatamente aspirantes a las cátedras que se hallen vacantes en el expresado establecimiento, y previos los ejercicios acostrumbrados en iguales casos, propondrá al Gobierno para director y catedráticos los que hubieren manifestado mayor suficiencia.
12° Si en los sucesivo adquiriere mayores fondos el Instituto, podrán aumentarse las dotaciones de catedráticos, teniendo presentes para ello las pruebas de idoneidad y buen comportamiento que hubiere dado cada uno en el desempeño de sus respectivas obligaciones.
13° Creado definitivamente el Instituto, la junta de instalación dará conocimiento a la dirección general de estudios del estado económico del mismo para los efeectos oportunos.
14° La dirección general de estudios queda autorizada para dictar las disposiciones convenientes a fin de que la juventud de Logroño pueda matricularse y cursar en el presente año en el Instituto de esta provincia, con la condición de prolorgarse el curso actual por otros tantos días cuantos tarden a abrirse las enseñanzas después del 1° de noviembre.

De orden de S.A. lo digo a V.E. para los efectos consiguientes: Dios guarde a V.E. muchos años. Madrid 26 de octubre de 1842".

Una vez que se publica el Decreto de la creación del Instituto se dan los pasos sucesivos para su puesta en funcionamiento. El abogado serrano de Soto de Cameros, Bernabé España, por estas fechas en Logroño, publica en 'El Eco del Comercio' de Madrid en la primavera de 1846 un "artículo-comunicado" con el título de 'MEJORAS MATERIALES. Historia del Instituto de segunda enseñanza de la provincia de Logroño', en el que narra su inauguración y sus primeros pasos.


PRELIMINARES

En el año 1839 se estableció en Logroño un centro, bajo la influencia de la Orden del 12 de agosto de 1838. Había sido creado por "personas notables de la ciudad" -entre ellas la Duquesa de la Victoria- bajo el nombre de 'Instituto Riojano'. Pero para el año 1841 "ya no existía".

NUEVO INSTITUTO

La Diputación pensó que sería más eficiente hacer un 'Instituto Público' y para ello se dirigió al Ministerio de la Gobernación. Éste exigió concretar los arbitrios necesarios que aparecen en el Decreto de creación y después de fijarlos en un Expediente, se emitió el Decreto de creación en el verano de 1842 indicándose las cátedras y los sueldos de los profesores. El Gobierno estableció que podía empezar su funcionamiento en el curso de 1842-43, pero no pudo ser.


INAUGURACION DEL INSTITUTO

Se inaugura el 5 de noviembre de 1843 con la asistencia de las autoridades y los nuevos profesores. El discurso inaugural fue pronunciado por el Jefe Político de la provincia, el progresista logroñés Cenón María Adana.

En este primer curso se matricularon "93 discípulos" y se publicó en la Gaceta la convocatoria de oposiciones. Realizadas éstas se empezó el curso de 1844-45 donde se matricularon 112 alumnos. En el curso siguiente -1845-46- los alumnos llegaron hasta 203 y el centro es calificado como Instituto de 2ª clase "con la facultad de conferir grados académicos". Se completan en el centro cinco cursos, tal como indicaba Julián Orodea ya director interino del Instituto.


insti


LA HISTORIA SIGUE

El día 5 de noviembre de 2018 se cumplen los 275 años de su inauguración. Tendrá que celebrarse en algún otro espacio distinto al del 'edificio clásico' de la Glorieta cerrado -"por obras". Con el nuevo año (2023) llega el nuevo Instituto remodelado. La historia de estos doscientos y pico años ha sido contada en distintas publicaciones, así como también el número de alumnos que han pasado por el Centro. A ellos enviamos para saber mucho más. Gracias.